martes, 21 de julio de 2009

Curar homosexuales...

“¡Dios los ama profundamente!, él no tiene distingos”, exclama el clérigo

“Curar” la homosexualidad es una pretensión equiparable a la política oficial indigenista, que proponía hacer mestizos a los pueblos originarios con el afán de integrarlos a la sociedad, argumenta Raúl Vera, obispo de Saltillo, Coahuila.

En entrevista para NotieSe, Vera cuenta que en el VI Encuentro Mundial de las Familias –realizado por el Vaticano en enero de 2009 en la Ciudad de México– conoció a los integrantes de Courage Latino, quienes se acercaron para exponerle cómo “podían ayudar” a las personas que “sufren por su atracción al mismo sexo”. El prelado contestó a uno de los líderes del grupo: “usted está igual que las políticas indigenistas. (Es decir), mientras no seas tú como yo, no te voy a admitir… Están partiendo de que el homosexual es un enfermito, un ser disminuido”.

Así como la visión de los pueblos indígenas debe respetarse, las y los diversos sexualmente no pueden ser considerados con prejuicios de superioridad- inferioridad. No son seres patológicos, resume el dominico.

“No promuevo la homosexualidad, sino la dignidad humana”
Sobre el cuestionamiento que recientemente hicieron las autoridades eclesiásticas al libro Iglesia católica y homosexualidad, y a su autor, el cura Raúl Lugo –quien rechaza la homofobia con y sin sotana–, el titular de la Diócesis de Saltillo destaca que el sacerdote yucateco es un biblista “serio”, interesado en contextualizar histórica y culturalmente los hechos narrados en la “Sagrada Escritura”, los cuales, “muchas veces los agarramos literalmente como los fariseos, y se los aventamos encima a los homosexuales”.

Don Raúl -como le dicen sus feligreses-, estuvo en la VIII Semana Cultural de la Diversidad Sexual organizada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia. Vino a la Ciudad de México para dejar claro que él no “promueve el homosexualismo”, como suelen criticarle algunas voces dentro de la Iglesia, sino “la dignidad de la persona”, a la luz del Evangelio de Jesús, quebrantador de los esquemas de su época.

viernes, 17 de julio de 2009

Orientación sexual e identidad de género

Toda persona tiene una orientación sexual y una identidad de género. Cuando éstas no coinciden con las de la mayoría, se considera a menudo a la persona objetivo legítimo de discriminación o abuso. Toda persona debe poder disfrutar de todos los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Y sin embargo, millones de personas de todo el mundo se enfrentan a la ejecución, el encarcelamiento, la tortura, la violencia y la discriminación por su orientación sexual o identidad de género. La variedad de abusos es ilimitada:
mujeres violadas para “curarlas” de su lesbianismo, a veces a instancias de sus progenitores;
personas procesadas porque sus relaciones privadas mantenidas de mutuo acuerdo se consideran un peligro social;
pérdida de la custodia de los hijos e hijas;
palizas de la policía;
agresiones y a veces homicidios en la calle (“crímenes de odio”);
insultos frecuentes;
acoso escolar;
denegación de empleo, domicilio o servicios de salud;
denegación de asilo a personas que han conseguido escapar de abusos;
violación y otras torturas bajo custodia;
amenaza por hacer campaña en favor de sus derechos humanos;
incitación al suicidio;
ejecución estatal. Los abusos contra los derechos humanos basados en la orientación sexual o en la identidad de género incluyen la violación de los derechos del menor, la imposición de tortura y trato cruel, inhumano y degradante, la detención arbitraria por motivos de identidad o creencia, y la restricción de la libertad de asociación y de los derechos básicos al debido proceso. Se trata de violaciones que durante decenios han conformado el núcleo del programa de trabajo del derecho internacional de los derechos humanos y de los mecanismos de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos.
Datos claveOrientación sexual: abarca los deseos, sentimientos, prácticas e identificación sexuales. La orientación sexual puede ser hacia personas del mismo sexo o de diferente sexo (orientación homosexual, heterosexual o bisexual).Identidad de género: se refiere a la compleja relación entre el sexo y el género en referencia a la experiencia de autoexpresión de una persona respecto a las categorías sociales de masculinidad o feminidad (género). Una persona puede sentir subjetivamente una identidad de género distinta de sus características sexuales o fisiológicas. Los términos concretos que las personas usan y con los que se identifican en cuestiones de sexualidad e identidad de género varían mucho de una cultura a otra.Amnistía Internacional considera a las personas detenidas o encarceladas únicamente por su homosexualidad –incluidas las personas procesadas por mantener relaciones sexuales en circunstancias que no serían consideradas delito para una persona heterosexual o para su identidad de género– presas de conciencia, y pide su libertad inmediata e incondicional.Los Principios de Yogyakarta sobre la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario en Relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género se publicaron en marzo de 2007. Desarrollados por un grupo de personas expertas en derechos humanos, varias de ellas de la ONU (relatores especiales), integrantes de comisiones de derechos humanos nacionales, regionales e internacionales y la ex alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos, estos principios aplican el derecho internacional de los derechos humanos a las violaciones experimentadas por lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero para garantizar el alcance universal de la protección de los derechos humanos.
¿Qué pide Amnistía Internacional? la despenalización de la homosexualidad allí donde siguen existiendo leyes que la tipifican como delito. Esto supone revisar toda la legislación que pudiera tener como consecuencia la discriminación, el procesamiento y el castigo de las personas únicamente por su orientación sexual o identidad de género, como las leyes de “sodomía” o similares que proscriben las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo o personas transgénero; la legislación discriminatoria en cuanto a la edad de libre consentimiento; la legislación sobre orden público que se utiliza como pretexto para procesar y castigar a las personas únicamente por su orientación sexual o su identidad de género; y las leyes que prohíben el “fomento” de la homosexualidad, que pueden utilizarse para encarcelar a lesbianas, gays, bisexuales, personas que realizan prácticas homosexuales, personas transgénero y a defensores y defensoras de los derechos humanos. Todas las leyes de este tipo deberán ser derogadas o enmendadas;un examen de toda la legislación en virtud de la cual alguien pueda ser ejecutado por un Estado, con el objetivo inmediato de restringir progresivamente el ámbito de aplicación de la pena de muerte para que no se aplique sobre la base de la orientación sexual o la identidad de género, y con vistas a la ulterior abolición de la pena de muerte, la flagelación, todos los demás castigos corporales y cualquier otro castigo cruel, inhumano y degradante;la libertad inmediata e incondicional de los presos y presas de conciencia detenidos únicamente por su orientación o identidad de género real o atribuida. Además, Amnistía Internacional pide a los Estados que:
se aseguren de que todas las denuncias e informes de violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual o identidad de género son investigados sin demora y de manera imparcial, que se exigen responsabilidades a las personas que las perpetraron y que éstas son puestas a disposición judicial;
tomen todas las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo necesarias para prohibir y eliminar el trato prejuicioso fundamentado en la orientación sexual o la identidad de género en todas las instancias de la administración de justicia;
pongan fin a la discriminación en las leyes de matrimonio civil basada en la orientación sexual o la identidad de género y reconozcan las familias de elección, más allá de las fronteras en caso necesario;
garanticen una protección adecuada de los defensores y defensoras de los derechos humanos que estén en situación de peligro por su trabajo sobre los derechos humanos, su orientación sexual o su identidad de género.

OEA: Segunda resolución sobre "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género"



Escrito por Jorge
lunes, 08 de junio de 2009

SASOD, Guyana 07/06/2009 (Traducción al castellano © Agustin Villalpando / Enkidu Magazine): Como parte de la XXXIX Asamblea General, reunida en San Pedro Sula, Honduras, del 1° al 3 de junio, la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó su segunda resolución sobre "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género".

Esta resolución es resultado de la promoción y de las actividades coordinadas llevadas a cabo en los últimos tres años por 24 grupos Gay, Lésbico, Bisexual, Travesti, Transgénero, Transexual e Intersex (GLBTTTI) de 17 países que forman la Coalición de América Latina y el Caribe [Coalition of Latin America and the Caribbean], que se reúne cada año antes de la Asamblea General para coordinar su trabajo de activismo al interior de la OEA.Durante el diálogo informal entre el Secretario General de OEA y la sociedad civil el pasado 31 de mayo de 2009 (ver fotografía, arriba), en San Pedro Sula, José Miguel Insulza subrayó la necesidad de que la Secretaría lleve a cabo un reporte especial centrando su atención en los crímenes de odio y en la situación de las violaciones a los derechos humanos contra individuos por su diversidad sexual.Un día después, en el contexto del diálogo entre los líderes de delegación de los Estado miembro y la sociedad civil, Claudia Sosa Medina, mujer transgénero de Honduras, leyó una declaración como vocera de una coalición de activistas de Honduras, Chile, Argentina, México, Colombia, Perú, República Dominicana, Paraguay, Brazil, Ecuador, Suriname, Guyana, Nicaragua, Jamaica, Trinidad & Tobago, Grenada y Belize, solicitó a los ministros de asuntos exteriores de los países miembro de OEA que intervengan en contra de los actos de violencia contra las personas GLBTTTI en América.La Coalición expresó su preocupación por la falta de referencia a la noción de identidad y expresión de género en el párrafo 5 de la Declaración de San Pedro Sula, que hace referencia a la violencia provocada por la discriminación: "La identidad de género de las personas travestis, transgéneros y transexuales es un elemento fundamental de nuestra libertad individual y de nuestra auto-construcción."La representante del gobierno de Estados Unidos recordó a la Asamblea General el compromiso del Presidente Barack Obama en apoyo a las leyes para el desarrollo de políticas que reconocen los derechos de las personas GLBT, poniendo de relevancia la firma de su país a la Declaración de Naciones Unidas sobre Orientación Sexual e Identidad de Género y expresó su oposición a las así llamadas leyes contra la sodomía [sodomy laws].Brazil patrocinó el borrador de la Resolución "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género" [“Human Rights, Sexual Orientation and Gender Identity”], mientras que Colombia manifestó que el asunto es de importancia particular para el gobierno y que el parlamento ha aprobado instrumentos para eliminar actos de discriminación contra la población GLBT. Finalmente, Saint Kitts & Nevis expresó su oposición a cualquier tipo de forma de violencia en contra de cualquier individuo, independientemente de la orientación del ser humano.El 4 de junio de 2009, durante la Cuarta Sesión Plenaria, el Informe Anual del Consejo Permanente [Annual Report of the Permanent Council] (2008-2009), que contiene las resoluciones aprobadas por el Consejo Permanente mismo fue presentado. Entre las mismas se encuentra la resolución AG/RES. 2504 (XXXIX-O/09) "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género" que fue aprobada. Su texto -consultar OEA aprueba Resolución 2504 sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género- no sólo ratifica lo que fue establecido el año pasado por la Resolución AG/RES.2435 (XXX VII I-O/08) también denominada "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género", pero también hace referencia a la Declaración sobre Orientación Sexual e Identidad de Género [Declaration on Sexual Orientation and Gender Identity] presentada en la Asamblea General de Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008.La resolución nueva, patrocinada por Brazil, no sólo condena actos de violencia y violaciones a derechos humanos perpetrados contra individuos por su orientación sexual y su identidad de género, sino que también expresa su preocupación por la violencia contra los defensores de los derechos humanos que trabajan en este tipo de violaciones, instando a los Estados a asegurar su protección y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos así como al Sistema Interamericano para que lleve a cabo acciones sobre este tópico. Finalmente, la resolución reitera su solicitud de que el Comité de Asuntos Legales y Políticos [Committee on Legal and Political Affairs] incluya asuntos de "orientación sexual e identidad de género" en su agenda durante el siguiente periodo ordinario de sesiones.Como una Coalición, celebramos la aprobación de esta segunda resolución que consideramos uno de los resultados tangibles e históricos de nuestro trabajo activista iniciado en 2006 por Global Rights, Mulabi - Espacio Latinoamericano de Sexualidades y Derechos y IGLHRC - LAC al coordinar la creación de esta coalición que inicialmente centró su trabajo en la promoción de la inclusión de la orientación sexual, la identidad y la expresión de género en el borrador de la Convención Interamericana Contra el Racismo y todas las Formas de Discriminación e Intolerancia [Inter-American Convention against Racism and all Forms of Discrimination and Intolerance].Agradecemos a OEA, al Programa de Desarrollo de Naciones Unidas, a Astraea Lesbian Foundation for Justice, y a Global Rights, por su apoyo que hizo posible nuestra participación en la Asamblea General de este año.Los participantes de la Coalición de Organizaciones GLBTTTI de América Latina y el Caribe [Coalition of LGBTTTI Organizations of Latin America and the Caribbean] dentro de la OEA fueron:AIREANA - Camila Zabala – Paraguay, Colectivo TTT San Pedro Sula- Claudia Sosa - Honduras; COLECTIVA MUJER y SALUD, Julie Betances – República Dominicana; CORPORACIÓN PROMOCIÓN DE LA MUJER, Soledad Varela - Ecuador; CORPORACION OPCION, Diana Navarro - Colombia; ENTRE-TRANSITOS - Camilo Andrés Rojas - Colombia; GRENCHAP - Kimany Parke - Grenada; HUMANA NACION TRANS-Hazel Gloria Davenport - Mexico; IGL HRC - Marcelo Ferreyra – Argentina; INSTITUTO RUNA-Belissa Andia – Peru: ASOCIACIÓN LIDERES EN ACCION -Germán Rincón - Colombia; SURINAME MEN UNITED - Kenneth Van Endem - Suriname; MULABI, ESPACIO LATINOAMERICANO DE SEXUALIDADES Y DERECHOS- Marina Bernal- México- Colombia; ORGANIZACIÓN DE TRANSEXUALES POR LA DIGNIDAD DE LA DIVERSIDAD Andrés Rivera – Chile; RED AFRO LGBTI - Edmilson Medeiros - Brazil; J-FLAG - Maurice Tomilson – Jamaica; RED LACTRANS - Marcela Romero- Argentina; RED TRANS Nicaragua - Silvia Martínez – Nicaragua; SOCIETY AGAINST SEXUAL ORIENTATION DIDSCRIMINATION- Namela Baynes Henry - Guyana; UNIBAM - Devon Gabourel - Belize; y, VELVET UNDERGROUND Angela Francis - Trinidad and Tobago. Como socio de la Coalición: Stefano Fabeni - Global Rights


Lea el documento oficial a continuación...




AG/RES.. 2504 (XXXIX-O/09)
RESOLUCIÓN DERECHOS HUMANOS, ORIENTACIÓN SEXUAL EIDENTIDAD DE GÉNERO (Aprobada en la cuarta sesión plenaria,celebrada el 4 de junio de 2009) LA ASAMBLEA GENERAL, TENIENDO EN CUENTA la Resolución AG/RES..2435 (XXXVIII-O/08) , titulada “Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género”; REITERANDO: Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición; Que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre prevé que todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad personal; CONSIDERANDO que la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) proclama que la misión histórica de América es ofrecer al hombre una tierra de libertad y un ámbito favorable para el desarrollo de su personalidad y la realización de sus justas aspiraciones; REAFIRMANDO los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos; TOMANDO NOTA DE la Declaración sobre Orientación Sexual e Identidad de Género, presentada a la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008; y TOMANDO NOTA CON PREOCUPACIÓN de los actos de violencia y de las violaciones de derechos humanos relacionadas, perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género, RESUELVE: 1. Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos relacionadas, perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género. 2. Urgir a los Estados a asegurar que se investiguen los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género, y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia. 3. Instar a los Estados a asegurar una protección adecuada de los defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia y violaciones de los derechos humanos perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género. 4. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los demás órganos del sistema interamericano que sigan prestando la adecuada atención al tema. 5. Reiterar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) que incluya en su agenda, antes del cuadragésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General, el tema “Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género”. 6. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, en su trigésimo noveno período ordinario de sesiones, sobre el cumplimiento de la presente resolución, cuya ejecución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

miércoles, 1 de julio de 2009

Nuestras armas

En la película FAQ'S, India, uno de los personajes gays, le dice a otro algo que me pareció muy cierto y que deseo compartir con ustedes. Le dice que cada vez que dos gays se besan en público, de inmediato sucede una conmoción parecida a la que se da cuando una bomba estalla. Así, pues, nuestros besos son como bombas que estallan en el mundo de los héteros.
Nuestras armas no son, pues, la violencia y el odio; nuestras armas son nuestros besos, nuestros abrazos, nuestras caricias en público: volvernos visibles cada vez más, así crece nuestra revolución, y debemos echarla a andar, aunque nuestros besos les descompongan los moños a los cuadrados-perfectos-héteros que presencian nuestras muestras de afecto y amor.